Abogado de Inmigración en New Jersey para Petición basada en la familia
¿Desea solicitar la Ciudadanía en nombre de un ser querido a través de la Petición basada en matrimonio/familia (I-130) y necesita un Abogado de Inmigración en New Jersey para ayudarle a guiarlo a través del proceso?
Sabemos que no somos los únicos Abogados de inmigración en New Jersey. ¿Cuántos pueden decir que son un Ex fiscal, que ha estado al otro lado de la sala del Tribunal, sabe cómo piensan y qué anticipar para obtener el mejor resultado para su caso?. En Reana Garcia Law Group nuestro objetivo es mantener a las familias unidas y seguras.
¿Por qué elegir Reana García Law Group? ¿Cómo resolver su caso de inmigración?
- Altamente revisado y calificado – 5 estrellas Calificación en Google. Vea algunas de las reseñas de nuestros clientes a continuación.
- Personal multilingüe – Estamos aquí para ayudarle, ya sea que su idioma principal sea Inglés, Español, o Portugués. También podemos programar con un Intérprete de árabe con cita previa.
- Pregúntenos sobre las citas de los sábados – Nuestra oficina está abierta de lunes a viernes, pero para su comodidad, podemos programar citas los sábados.
- Ningún caso es demasiado difícil o complejo – Manejamos todo tipo de casos de inmigración. Luchamos por TI.
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- Te mantenemos actualizado – Este es su caso y su vida, y queremos asegurarnos de que siempre sepa y comprenda lo que está sucediendo en cada paso del camino.
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Petición basada en matrimonio/familia (I-130)
Un ciudadano estadounidense debe presentar una petición I-130 en nombre de un pariente no ciudadano para inmigrar a los Estados Unidos y obtener una tarjeta de residencia.
Como peticionario, debemos indicar si el beneficiario solicita ajuste de estatus desde dentro de los Estados Unidos o se trata de un trámite consular fuera de los Estados Unidos.
Si su Formulario I-130 aún está pendiente con USCIS y desea cambiar su selección, podemos comunicarnos con el Centro de Contacto de USCIS y solicitar un cambio.
¿Quién es elegible para presentar un I-130?
Un ciudadano estadounidense puede solicitar:
- Cónyuge
- Hijos solteros menores de 21 años
- Hijos o hijas solteros de 21 años o más
- Hijos o hijas casados de cualquier edad
- Hermanos o hermanas (debes tener 21 años o más)
- Madre o Padre (debes tener 21 años o más)
Si presenta varias peticiones, debe presentar un I-130 por separado para cada familiar.
Un residente permanente legal puede solicitar:
- Cónyuge
- Hijos solteros menores de 21 años
- Hijos o hijas solteros de 21 años o más
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Qué se necesita para presentar una Petición I-130 para familiar indocumentado
Usamos esta petición para ayudar a su familiar elegible a solicitar inmigrar (o permanecer en) los Estados Unidos y solicitar una “Green Card” . La presentación o aprobación de esta petición no le otorga a su familiar ningún estatus o beneficio migratorio.
Para presentar una Petición I-130, debemos proporcionar la siguiente información:
- Evidencia de ciudadanía estadounidense, residencia permanente legal o estatus nacional estadounidense. Los documentos pueden incluir;
- Una copia de su acta de nacimiento
- Una copia de su certificado de naturalización o ciudadanía
- Una copia del Formulario FS-240, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA)
- Una copia de su pasaporte estadounidense vigente
- Una declaración original de un funcionario consular de los EE. UU. que verifique que usted es ciudadano estadounidense con un pasaporte válido
- Una copia del anverso y reverso de su Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como “Green Card” o Formulario I-551)
- Evidencia de una relación familiar calificada. Los documentos pueden incluir;
- Petición por un niño: Una copia del certificado de nacimiento de su(s) hijo(s)
- Petición para un padre: Una copia de su acta de nacimiento
- Petición para un hermano: Una copia de su(s) certificado(s) de nacimiento y el de su(s) hermano(s)
- Petición de cónyuge:
- Evidencia de la buena fe de su matrimonio (validez)
- Una copia de su certificado de matrimonio (con evidencia de relación anterior terminada, tanto para usted como para su cónyuge, si corresponde)
- Documentación que demuestre su propiedad conjunta del inmueble que posean.
- Un contrato de arrendamiento que muestre tenencia conjunta, lo que significa que ambos viven en la misma dirección
- Documentación que demuestre que han combinado sus recursos económicos
- Certificado(s) de nacimiento de los hijos nacidos de usted y su cónyuge juntos
- Declaraciones juradas o afirmadas por terceros que validen su matrimonio. Cada declaración jurada debe contener el nombre completo y dirección de la persona que realiza la declaración jurada; fecha y lugar de nacimiento de quien la realiza e información completa y detalles que expliquen cómo la persona adquirió conocimiento de su matrimonio.
- Cualquier otra documentación relevante para establecer que tiene una unión matrimonial en curso
- Un niño adoptado:
- Una copia del decreto de adopción que indique que esta tuvo lugar antes de que su hijo cumpliera 16 años (o 18 si se aplica la excepción de hermanos)
- Evidencia de que ha tenido la custodia legal de su hijo durante al menos 2 años
- Prueba de que ha vivido con el niño adoptado durante al menos 2 años.
- Evidencia de que el proceso del Convenio de Adopción de La Haya no se aplica, si usted o su cónyuge son ciudadanos estadounidenses y el niño es de un país signatario del Convenio de Adopción de La Haya.
- Prueba de cambio de nombre legal (si corresponde)
- 2 fotografías estilo pasaporte
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Palabras reales que nuestros clientes han utilizado para describirnos Y su experiencia:
“Persona amable y atenta que está 100% dedicada a su trabajo”, “Excelente abogada”, “Lidera su práctica con amplio conocimiento y corazón”, “Extremadamente inteligente, sensata, comprensiva y razonable”, “Cualquiera tiene suerte de tenerla de su lado”, “Muy receptiva y eficiente a la hora de resolver los problemas que teníamos relacionados con su estado”, “Altamente recomendada a otros dueños de negocios”, “Excelente abogada, muy amigable”, “Ellos lo tienen todo resuelto”, “Incluso interrogó a mi esposa”. dos días antes de la prueba para asegurarnos de que estuviera 100% lista”.
Si estas son las cosas que está buscando en un abogado de inmigración, llame hoy a Reana García Law Group al (201) 983-4012(201) 983-4012, le contamos cómo podemos ayudarte.
Reconocimientos
Nuestra Ubicación
Ayudamos a las familias a resolver casos de inmigración en todo New Jersey.
Localmente, ayudamos a personas y familias de Rutherford, Hackensack, Fairview, Englewood, Ridgefield, Bergenfield, Ridgefield Park, Bogota, y en todo New Jersey.
Qué hacer ahora
Agradecemos sus preguntas y queremos comprender su situación para ayudarlo a recibir el mejor resultado posible para su caso de inmigración. Llame a nuestra oficina al (201) 983-4012(201) 983-4012 con preguntas y una descripción de su situación para ver si podemos ayudarlo o programar una consulta. O simplemente puede completar el formulario que se encuentra arriba en esta página. Su formulario se enviará directamente por correo electrónico a nuestra oficina y puede esperar una respuesta dentro de un día hábil y, a menudo, dentro de las horas del mismo día. Toda la información que usted comparte es confidencial.
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